Desde este jueves podrás votar en el referéndum universal del Congreso Estratégico 2018, correspondiente a su última etapa, donde podrás elegir:
1. Comisión Revisora de Estatutos: Se elegirán 5 personas que conformarán la Comisión, donde el género mayoritario no puede superar el 60% de la comisión. Cada Adherente y Afiliado podrá votar por una persona.
2. Reforma Estatutaria: Se votará si se acepta o se rechaza la reforma a algunos artículos del Estatuto relacionados con los tribunales del partido.
3. Mociones Congreso Estratégico: Se votarán cada una de las mociones generadas a partir del Congreso Estratégico que tuvimos el 2018.
¿Cómo votar?
Todo adherente o afiliado habilitado para votar en esta elección, podrá hacerlo accediendo a vota.revoluciondemocratica.cl
¿Eres extranjero adherente?
Si eres extranjero, cumples con los requisitos para ser adherente, y al momento de intentar votar no puedes, puedes escribir a tribunalsupremo@revoluciondemocratica.cl, a fin de que te enviemos un link especial de votación.
Reformas Estatutarias a los Tribunales de Revolución Democrática
¿De qué se trata la Reforma?
Tribunal Supremo
Las modificaciones propuestas para el TS son:
1. Con la nueva reforma se amplía la composición del TS y agrega la figura de los miembros suplentes y la renovación parcial anual. También consagra cargos de Presidente, Vicepresidente y Secretario General, pudiendo también generar salas de trabajo.
Antes el TS estaba compuesto por 5 miembros electos democráticamente. | Ahora estará compuesto por 9 miembros. 3 de sus miembros serán electos por el CP. |
Permanecían 1 año en su cargo. | Ahora durarán 2 años en su cargo y re renovarán parcialmente cada 1 año según el RIE. |
El TS elegía Presidente y Vicepresidente. | Ahora se eligirá Presidente, Vicepresidente y Secretario. |
2. La reforma contempla la posibilidad de que el TS pueda supervisar y fiscalizar la labor de los Tribunales Regionales.
Tribunal Regionales (TR)
Las modificaciones propuestas para el TR son:
1. Antes los TR estaban compuestos por 3 miembros.
Ahora estará compuesto por 5 miembros. 2 de los integrantes serán electos/as por el Consejo Político Regional (CPR) de la región respectiva y tendrán el carácter de suplentes.
2. Los integrantes del TR, al igual que el TS, eligirán Presidente, Vicepresidente y Secretario.
Período de Elecciones y Convocatoria
Se corrige y ordena los meses en los cuales se realizarán elecciones ordinarias y complementarias.
– Los órganos del Partido renovarán en enero de cada año;
– Habrá elecciones complementarias en julio de cada año;
– Y el CPN podrá acordar fechas para elecciones con acuerdo del TS.
– Las elecciones las convocará el TS.
Faculta la creación de órganos de apoyo para la labor electoral de los tribunales internos.
Se agrega un nuevo artículo que permitirá al TS y TR supervisar las elecciones y escrutinios mediante el mecanismo que el TS disponga. Dicho mecanismo podrá contemplar la creación de comisiones u órganos de apoyo a la gestión electoral, los cuales deberán resguardar el carácter público de los escrutinios, sujeto a las normas establecidas por el Reglamento de Elecciones Internas.
ARTÍCULO 58 bis.Supervisión de las elecciones. Las elecciones y sus escrutinios serán supervisadas por el Tribunal Supremo y los Tribunales Regionales en lo que respecta al ámbito regional, según el mecanismo que el Tribunal Supremo disponga. Dicho mecanismo podrá contemplar la creación de comisiones u órganos de apoyo a la gestión electoral, los cuales deberán resguardar el carácter público de los escrutinios, sujeto a las normas establecidas por el Reglamento de Elecciones Internas.