Instrucciones del Tribunal Supremo para las elecciones de Directiva Central y Consejos Regionales del Partido Revolución Democrática

Instrucciones del Tribunal Supremo para las elecciones de Directiva Central y Consejos Regionales del Partido Revolución Democrática
El Tribunal Supremo provisional de Revolución Democrática compuesto por doña Maite Orsini Pascal, doña Daniela Sol Gutiérrez Gagliardi, don Ernesto Riffo Elgueta, don Fabián Farías Quijada y doña María Fernanda Díaz Vidal, a propósito de las elecciones de Directiva Central Definitiva y de Consejos Regionales para las regiones de Antofagasta, Coquimbo, Metropolitana, y Aysén del General Carlos Ibáñez del Campo, comunica a los afiliados el siguiente instructivo para su realización.

  1. Realización de elecciones

De acuerdo a lo establecido por el artículo 10 de nuestro Estatuto Orgánico, la elección de la Directiva Central deberá hacerse por votación universal de listas cerradas entre todos los afiliados, para luego ser ratificada por el Consejo General. Los artículos 2 y siguientes, por su parte, señalan que la Directiva Central será un órgano colegiado de 6 miembros compuesto por un Presidente, Secretario General, Tesorero, Coordinador de Contenidos, Coordinador de Acción Territorial y Coordinador de Acción Política. El artículo 48 del mismo cuerpo normativo, señala por su parte que la elección de la Directiva Central se realizará conjuntamente con la votación para elegir a los Consejos Regionales de las regiones en que el partido se encuentre legalmente constituido.
Respecto a los Consejos Generales, el estatuto señala en su artículo 50 que serán electos como miembros de dicho consejo los candidatos que obtengan las cinco primeras mayorías en la elección.
En consideración de lo anterior se ha resuelto realizar la elección de Directiva Central y de Consejos Regionales para las regiones de Antofagasta, Coquimbo, Metropolitana, y Aysén del General Carlos Ibañez del Campo en un solo acto a ejecutarse el día 9 de julio del presente año.

  1. Inscripción y requisitos de las candidaturas

Las listas que se presenten como candidatas a ocupar la Directiva Central, así como los candidatos a consejeros regionales por las regiones señaladas, deben presentarse hasta el día lunes 4 de julio. La inscripción será realizada por medio de correo electrónico dirigido a este Tribunal señalándolo, acompañando los antecedentes que correspondan.
Para estos efectos, el correo del tribunal supremo será tribunalsupremo@revoluciondemocratica.cl
En virtud del artículo 49 del Estatuto Orgánico, para que una lista candidata a Directiva Central sea válidamente inscrita deberá enviar el correo electrónico señalado adjuntando respecto de cada uno de los integrantes de la lista el certificado de antecedentes penales que acredite que ninguno de ellos ha sido condenado previamente por delito que merezca pena aflictiva, así como una declaración jurada simple de que a la fecha de la declaración no existe investigación penal formalizada en su contra. Finalmente, para que se confirme la presentación de la lista, cada uno de sus integrantes deberá ser afiliado del partido.
Por su parte, los candidatos que postulen a un Consejo Regional de su región, deberán ser afiliados al partido por la región correspondiente al Consejo al que postulan, además de acompañar los documentos señalados en el párrafo anterior.
Las listas y candidatos que hayan cumplido con lo dispuesto en los artículos anteriores serán comunicados por este Tribunal con fecha 5 de julio del presente.

  1. Campañas

Las listas y los candidatos válidamente inscritos e informados por este Tribunal, podrán realizar actos de campaña electoral durante los días 6 a 8 de julio, ambos inclusive. No se podrá realizar propaganda por ningún medio fuera de las fechas señaladas, entendiendo por tal todo mensaje que muestre preferencia por uno u otro candidato.

  1. Los vocales, apoderados y encargados de local

Cada mesa de votación estará integrada por 3 vocales de mesa quienes tendrán a cargo la ejecución de la elección y deberán contribuir a su buen desempeño. Los vocales serán electos al azar entre los afiliados que hayan participado en alguna actividad del partido en formación desde la fecha de publicación en el Diario Oficial del extracto de la escritura de constitución del partido en formación Revolución Democrática. No podrán ser vocales de mesa los integrantes de la Directiva Central ni del Tribunal Supremo. Tampoco podrán ser vocales quienes presenten candidaturas para estas elecciones.
El resultado del sorteo será informado con fecha 24 de junio. Los vocales sorteados podrán confirmar su presencia para el día de la elección o rechazar el encargo. Para ello, el Tribunal Supremo se comunicará por correo electrónico o por teléfono con los sorteados para confirmar su participación en la elección.
Por otro lado, cada lista o candidato válidamente inscrito podrá contar con un apoderado en cada mesa que supervise el correcto desenvolvimiento del proceso. Estos apoderados serán de elección libre de las listas y candidatos y deberán ser informados a este Tribunal por correo electrónico al menos 24 horas antes de la apertura de las mesas.
En cada local de votación, un integrante del Tribunal Supremo, o una persona delegada por éste, será encargada de supervisar y dirigir el correcto funcionamiento del local y de los actos involucrados en la votación y escrutinio, de acuerdo a las reglas de este instructivo. El encargado de local tomará las medidas necesarias para solucionar los problemas que se presenten durante la votación, y deberá llevar un registro de todas las eventualidades (problemas de funcionamiento, reclamos, errores de procedimiento, etcétera) que se presenten y las medidas tomadas para solucionarlas.

  1. Los locales de votación

Existirá al menos un local de votación en cada una de la regiones II, IV, y XI. En la Región Metropolitana habrá cuatro locales. La ubicación de los locales será informada a los afiliados con la debida anticipación.
Todo votante podrán votar en cualquiera de los locales de votación de la región en que se encuentra afiliado.

  1. Recursos físicos y útiles de la elección

Cada local de votación deberá contar con sillas suficientes para los vocales, apoderados, y el encargado de local, y mesas para disponer todos los útiles, urnas, y computador de manera ordenada.
Cada mesa deberá contar durante todo su funcionamiento con un computador con acceso a internet para ser utilizado por el Presidente de mesa para revisión del padrón en línea.
El Tribunal proveerá los útiles electorales en un caja sellada, cuya custodia será responsabilidad del encargado de local, y del Comisario de mesa, en lo que le corresponda. Cada caja contendrá:

  • Cédulas
    • Cédulas foliadas, en fajos
    • Etiqueta adhesiva para cerrar cédulas
  • Muebles menores
    • Lápices (grafito, pasta, plumón), sacapuntas, tijeras
    • Amarracables para sellar las urnas
  • Sobres para guardar
    • Votos escrutados no objetados
    • Votos escrutados objetados
    • Votos nulos y blancos
    • Talones de votos emitidos
    • Cédulas no usadas o inutilizadas
    • Etiquetas de seguridad para sellar sobres
  • Documentos
    • Listado de útiles
    • Cuaderno de firmas (padrón)
    • Acta de constitución de mesa y útiles
    • Acta de cierre y escrutinio
    • Credenciales de apoderados

Asimismo, el Tribunal proveerá las urnas y las cámaras secretas.

  1. Constitución de mesas, desarrollo de la elección y cierre de las mesas

Las mesas estarán constituidas por tres vocales y empezarán a recibir votantes a las 10:00 horas. Los vocales deberán presentarse a las 09:00 horas del día de la elección. Una vez presentes los tres vocales decidirán quiénes serán Presidente, Secretario y Comisario de la mesa. Hecho esto, completarán y firmarán el punto “1. Instalación de mesa” del “Acta de constitución de mesa y útiles”.
Si no se hubieren presentado los tres vocales a las 10:00 horas, se integrará a la mesa el número de vocales faltantes de entre los primeros votantes que lleguen a votar, quienes serán designados por el Encargado de Local. Si así ocurriere, se indicará ello en el punto “2. Vocales ausentes y reemplazantes”.
Distribuidas las funciones, el Comisario solicitará al Encargado de Local la caja con los útiles electorales, abrirá sus sellos y en conjunto con el resto de la mesa, los apoderados y el encargado de local, revisará que se encuentren todos los materiales de acuerdo al listado “Contenidos de esta caja: Útiles electorales” que estará incorporada en la caja de útiles. Verificarán especialmente que se encuentren todos los fajos de cédulas indicados, así como la integridad de éstos. Hecho esto, el Comisario y el Encargado de Local completarán y firmarán el punto “3. Entrega de útiles” del “Acta de constitución de mesa y útiles”. Si no existe consistencia entre los materiales dentro de la caja y lo señalado en el detalle, el Encargado de Local deberá anotarlo en el punto 3 y deberá firmar él junto al Comisario mostrando conformidad con las observaciones. Si existe consistencia entre los materiales dentro de la caja y lo señalado en el detalle, firmarán igualmente señalando esta conformidad.
Firmado el punto 3, el Encargado de Local guardará el “Acta de constitución de mesa y útiles” hasta el cierre de la mesa.
El Presidente deberá colocar las urnas sobre la mesa, verificando que estén vacías y luego, las cerrará y sellará con los amarracables. La urna permanecerá en todo momento sobre la mesa hasta el término del escrutinio.
Los vocales se instalarán de tal forma que el puesto del Presidente se encuentre al medio de los otros vocales.
Se instalará el computador y el Cuaderno de Firmas en el del Secretario. Los fajos de cédulas deberán abrirse uno a uno manteniendo diez cédulas predobladas sobre la mesa. A medida que se vayan ocupando esas cédulas, deberán reponerse por otras nuevas. El Comisario será el encargado de mantener las diez cédulas predobladas en la mesa y de custodiar la caja con los útiles no utilizados.
Constituida e instalada la mesa, empezará a recibir a los votantes a las 10:00 horas. Desde el momento que empiece a recibir votantes, la mesa deberá funcionar de manera continua. Cada mesa cerrará a las 19:00 horas independiente de la hora en que hubiese abierto, salvo en el caso en que existiera gente esperando su turno para votar. En ese caso, se permitirá que vote hasta el último votante que haya llegado antes de las 19.00 hrs. Solo podrán ausentarse de la mesa por razones justificadas y durante el menor tiempo posible. Cuando el Comisario necesite ausentarse, el Encargado de local lo reemplazará en la custodia de los útiles.
El encargado de local verificará el cumplimiento de estas reglas.

  1. El acto del sufragio

El acto del sufragio se desarrollará de acuerdo al siguiente procedimiento:
En primer lugar, el votante entregará la cédula de identidad (u otro documento oficial de identificación con foto) al Presidente de mesa, quien verificará la identidad de la persona. Acto seguido, el Presidente le pasará la cédula de identidad al Secretario quien verificará que la persona aparezca en el registro online y en el Cuaderno de firmas.
Habiendo acreditado lo anterior, el Comisario entregará las cédulas, etiquetas adhesivas, y lápiz al votante y le señalará como doblar y sellar el voto. El Comisario mantendrá siempre 10 cédulas predobladas de cada votación sobre la mesa.
Inmediatamente después de recibir las cédulas, el votante ingresará a la cámara secreta a sufragar.
Al salir el votante de la cámara secreta, deberá entregar los votos doblados y sellados al Presidente. El Presidente cortará el talón con el número de serie y le pasará el voto al votante y el talón al Secretario. Mientras el votante introduce los votos al interior de las urnas, el Secretario anotará el número de serie de cada cédula en Cuaderno de Firmas y guardará el talón con el número de serie en el sobre correspondiente.
Finalmente, el votante firmará el padrón (o marcará su huella si no puede firmar) y el Secretario registrará al votante en la planilla online, señalando que ya emitió su voto. Terminado el proceso, se devolverá la cédula de identidad al votante.
En el caso de los votantes que necesiten asistencia para votar (ancianos, ciegos, u otras personas en situación de discapacidad), podrán ser acompañados por el Presidente de la mesa para emitir su voto.

  1. Del cierre y escrutinio de las mesas.

A las 19:00 horas, o luego de que haya votado el último afiliado que hubiese ingresado al local antes de esa hora, el Presidente anunciará a viva voz el cierre de la mesa y el comienzo del conteo de los votos.
Al cerrar la mesa el Comisario contará los fajos de cédulas no abiertos, y las cédulas sueltas no usadas o inutilizadas y anotará en el sobre de “Cédulas sueltas no usadas e inutilizadas” el número que sobrare de cada uno de ellos. Inmediatamente después, guardará en ese sobre las cédulas sueltas no usadas e inutilizadas para luego sellarlo. Los fajos de cédulas no abiertos se guardarán en la caja de útiles. A continuación, guardará el Cuaderno de Firmas en un sobre, el que sellará, y se cerrará la sesión del archivo online con el registro de votantes.
Se escrutarán en primer lugar los votos de la urna “Consejo Regional”. Una vez terminado ese escrutinio y firmada el acta, se procederá a escrutar la urna “Directiva Central”.
El proceso de escrutinio de mesas se llevará a cabo de la siguiente manera:
En primer lugar, el Presidente abrirá la urna y sacará y contará de a una las cédulas sin abrirlas, y las entregará al Secretario para que las firme. El Comisario llevará un conteo, cuyo resultado anotará en el “Acta de cierre y escrutinio”.
El Secretario procederá entonces a contar los talones de los votos emitidos y anotará el número resultante en el “Acta de cierre y escrutinio”. Si hubiere disconformidad entre los talones numerados y los votos al interior de la urna, se dejará constancia en esa misma acta. A pesar de estas disconformidad se escrutarán todas las cédulas que se encuentren en la urna.
Efectuado lo anterior, el Secretario abrirá las cédulas y las entregará a medida que las abra al Presidente, quien exhibirá las cédulas a los presente y leerá en voz alta la preferencia marcada, o indicará el hecho de ser blanco o nulo. Son blancos los votos que no expresan ninguna preferencia, independiente de que contengan otras marcas. Son nulos los que expresen más de una preferencia. Los apoderados podrán disputar la calificación que el Presidente haga de ser un voto válido, blanco o nulo o de la preferencia que contenga el voto. En ese caso se anotará esto al reverso de la cédula y se guardará en el sobre correspondiente de “Cédulas objetadas”. Se dejará constancia de la objeción en el “Acta de Cierre y Escrutinio”. Independiente de esta objeción, las cédulas objetadas se escrutarán igualmente, de la forma en que lo determine el Presidente.
El Presidente pondrá las cédulas en distintos montones de acuerdo al tipo de voto de que se trate. Mientras tanto, el Comisario llevará la cuenta a la vista de los presentes.
Terminado el proceso de conteo por urna, se anotará en el “Acta de cierre y escrutinio” el número de votos por cada preferencia, el votos número de nulos, blancos, y objetados. Si hubiere disconformidad entre las cédulas contadas al vaciar la urna y el número de votos escrutados se dejará constancia en el “Acta de cierre y escrutinio”. Acto seguido, el Presidente guardará las cédulas escrutadas en los sobres de cédulas válidamente emitidas, cédulas blancas, nulas y objetadas.
El Secretario llenará el “Acta de cierre y escrutinio”, luego de lo cual, los tres vocales la firmarán.
Finalmente, el Presidente entregará al Encargado de Local la caja con los útiles no utilizados, los cinco sobres con las cédulas (1. no usadas e inutilizadas, 2. válidamente emitidas 3. blancas 4. nulas 5. objetadas), el sobre con los talones y el sobre con el Cuaderno de Firmas, además del “Acta de cierre y escrutinio”. Hecho esto, el Presidente y el Encargado de Local firmarán el punto 4. Devolución de útiles del “Acta de constitución de mesa y útiles”.

  1. Información de resultados.

Los resultados de la elección de Consejos Regionales y de Directiva Central en las cuatro regiones serán informados a través de un correo electrónico enviados a todos los afiliados con fecha 10 de julio del presente. Estos resultados serán informados al SERVEL con fecha 11 de julio, mediante un certificado emitido por este Tribunal.

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