Problemas del financiamiento de campañas para las nuevas fuerzas políticas

Soledad Álamos, candidata a diputada distrito 11

Durante los últimos días, ha sido tema el hecho de que el Banco Estado ha negado el otorgamiento de un crédito al candidato presidencial Alejandro Guiller, para efectos del financiamiento de su campaña.
 
El artículo 14 bis de la Ley 19.884 señala que los candidatos y partidos que contraten créditos con bancos u otras instituciones financieras para financiar sus campañas, podrán otorgar un mandato a estas instituciones para que el reembolso por los votos obtenidos sea depositado directamente desde el Servel al prestamista en cuestión. De esta manera, el espíritu de la ley lo que busca es que el dinero que corresponde al candidato en función de sus votos obtenidos no pase por él, sino que directamente le sea depositado al banco para el pago de su crédito. Esta norma fue introducida, junto a otras, por la Ley 20.900, la cual reformó la legislación electoral en pos del fortalecimiento y transparencia de la democracia.
 
¿Cuál es el problema? El problema es que, en el marco de la legislación de las instituciones financieras en general, es potestad discrecional de los bancos otorgar o no un crédito a determinada persona, y el monto del mismo. En este caso, el criterio utilizado es una estimación de votos a obtener por el candidato, dado que por cada voto el Estado reembolsará, este año, algo más de $1.000 por voto obtenido y, en el caso de las candidaturas femeninas, algo más de $1.300. Sin embargo, en el caso de las nuevas fuerzas políticas como el Frente Amplio, que por primera vez competirán por escaños en el Congreso, esta estimación resulta difícil, al no haber antecedentes electorales previos, por lo tanto, no existen incentivos para otorgar dicho crédito, lo que redunda en que los candidatos de las nuevas fuerzas políticas tienen menos fuentes de ingresos para financiar sus campañas. Cabe agregar que el Servel no reembolsa los créditos de consumo que puedan solicitar los candidatos en tanto personas naturales, sino sólo los créditos solicitados conforme al procedimiento antes descrito.
 
A su vez, al no contar con esta fuente de financiamiento, los candidatos de las nuevas fuerzas políticas se encuentran en una situación de desventaja frente a los candidatos de los partidos tradicionales, los cuales, al contar con mayores recursos propios de sus partidos y sus militantes -incluyendo el anticipo que les hace el Estado en función de sus votos obtenidos en la última elección parlamentaria-, tienen mayores posibilidades de invertir recursos para efectos de propaganda electoral, lo que les otorga mayor visibilidad ante la ciudadanía, y por ende, aumentan su posibilidad de salir elegidos.
 
Por ende, la pregunta es: ¿es justo que el financiamiento de las campañas políticas quede al arbitrio de los bancos? A mi juicio, no lo es. Así como la reforma introducida por la Ley 20.900 prohibió el aporte a las campañas de personas jurídicas con fines de lucro, no tiene sentido que se deje al arbitrio de otras personas con fines de lucro, en este caso los bancos y otras instituciones financieras, el otorgamiento o no de créditos que pueden ser parte fundamental de los gastos de una campaña política, con mayor razón si, en la práctica, se establece un incentivo perverso que perjudica a los candidatos de nuevas fuerzas políticas.
 
Por lo tanto, en mi opinión, las soluciones posibles son dos: en primer lugar, que, cumpliéndose determinados requisitos objetivos, los bancos y otras instituciones financieras estén obligados a otorgar al menos un monto mínimo de crédito a las campañas que así lo soliciten, sin perjuicio de sus derechos posteriores para perseguir el pago de la deuda, en caso de que ésta no sea totalmente solucionada por el reembolso correspondiente a los votos obtenidos. Y la segunda opción, que es la que me parece más acorde a un sistema realmente democrático y que promueva la participación, es que el Estado otorgue un financiamiento basal a cada una de las candidaturas debidamente inscritas, por igual, y cuyo monto sea determinado en base al cargo a postular, y la unidad territorial que corresponda.
 
La democracia es perfectible. Sin duda que las reformas introducidas por la Ley 20.900 han contribuido a fomentar la participación de nuevas fuerzas políticas, como la que yo milito. Sin embargo, es crucial para lograr tanto una mayor participación democrática como para la adecuada competencia entre distintas fuerzas políticas que las condiciones económicas a las que éstas se enfrentan para hacer campaña sean equitativas. Y, lamentablemente, el actual sistema de financiamiento no es suficiente para ello.
 
 
 

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